65Ymás | Reconocen el derecho de una mujer a cobrar la pensión de jubilación y ser autónoma societaria
65Ymás publica el caso ganado por Iberum Abogados (leer más) acerca del derecho al cobro de una pensión por jubilación compatible con ser autónoma societaria —en concreto, administradora de una empresa familiar—. Nuestro socio director y fundador, Ismael Istambul, representó a la mujer afectada en un juzgado de Granada.
En un principio, el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) denegó a la mujer la pensión por ser autónoma. Además, le obligó a devolver 7.000 euros que había recibido de la prestación de la pensión hasta dicho momento. La afectada, representada por Ismael Istambul, había trabajado por cuenta ajena durante 30 años. Llegado el momento de la jubilación, era administradora de una empresa familiar agrícola.
La ley exige estar dado de alta como autónomo, independientemente de no obtener ingresos por el cargo. En este punto es donde se hallaba el conflicto. Ismael Istambul califica la sentencia como «un importante precedente».
El derecho a compatibilizar la pensión
Con la sentencia «se confirma que una persona puede compatibilizar la pensión de jubilación, siempre que tenga derecho a ella y le corresponda por haber cotizado el número de años correspondiente», con la obligación legal de seguir dada de alta como autónoma societaria por ser administradora de una empresa».
La resolución se basa en la reciente sentencia del Tribunal Supremo del 23 de julio de 2021. El caso se resolvió por casación. Estableció que la administradora de una sociedad —sin opción de continuar siéndolo y sin retribución por dicho trabajo— tenía derecho a la pensión de jubilación, pese a estar dada de alta como autónoma en la Seguridad Social por imperativo legal.